Seguro Vida Ley
El Seguro Vida Ley es un beneficio obligatorio que brinda seguridad económica a los trabajadores y sus familias en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente. Es un respaldo esencial que garantiza tranquilidad tanto para los empleados como para sus seres queridos.
Cobertura del Seguro Vida Ley
El Seguro Vida Ley tiene las siguientes coberturas:
Fallecimiento por cualquier causa
Proporciona una indemnización a los beneficiarios designados del trabajador.


Invalidez total y permanente
Si el trabajador queda incapacitado de manera definitiva, recibirá una compensación económica.


Seguro Vida Ley
Este seguro es obligatorio para todos los trabajadores en planilla que hayan cumplido cuatro años en una empresa. Sin embargo, las empresas pueden otorgarlo desde el primer día de trabajo como un beneficio adicional.
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Preguntas frecuentes
A través de este seguro, la compañía se compromete a otorgar a los beneficiarios designados en la póliza una indemnización según corresponda:
- Fallecimiento por causas naturales: 16 remuneraciones asegurables.
- Fallecimiento a causa de un accidente: 32 remuneraciones asegurables.
- Invalidez total y permanente debido a un accidente: 32 remuneraciones asegurables.
El Seguro de Vida Ley beneficia principalmente a tu cónyuge o conviviente y a tus hijos. En caso de no contar con estos familiares, la indemnización será otorgada a tus padres y a tus hermanos menores de 18 años.
La remuneración asegurable corresponde al sueldo registrado en las planillas y boletas de pago, siempre que sea percibido de manera habitual, aunque su monto pueda variar.
No se incluyen dentro de este cálculo las gratificaciones, participaciones, compensaciones vacacionales adicionales u otros conceptos que no se paguen mensualmente.
Para los trabajadores que reciben ingresos por comisión o destajo, la remuneración asegurable se determina tomando el promedio de los últimos tres meses.
Recuerda:
Existe un límite máximo de remuneración asegurable, establecido por el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Puedes consultar el monto actualizado accediendo aquí.
En el marco del Seguro de Vida Ley, se define la invalidez total y permanente como aquella condición derivada de un accidente que provoque:
- Alienación mental absoluta e incurable.
- Daño cerebral severo que imposibilite cualquier tipo de trabajo o actividad de por vida.
- Fractura irreversible de la columna vertebral que cause invalidez total.
- Pérdida completa de la visión en ambos ojos.
- Pérdida total de ambas manos.
- Pérdida total de ambos pies.
- Pérdida total de una mano y un pie.
Si finalizas tu relación laboral, puedes optar por mantener la cobertura del seguro contratando un nuevo plan individual dentro de los 30 días posteriores a tu cese. Para ello, deberás suscribir un contrato con la aseguradora, que recalculará la prima y establecerá el pago correspondiente.
Es importante tener en cuenta que este seguro no se renueva automáticamente, por lo que deberás estar atento a los plazos y requisitos de renovación indicados por la aseguradora.
Nota:
Si un nuevo empleador te afilia a una póliza grupal del Seguro de Vida Ley, el seguro individual contratado previamente dejará de estar vigente.